
EDITORIAL
HONORARIO MÍNIMO DE CARÁCTER ÉTICO
Los Honorarios Mínimos Éticos del Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba constituyen una herramienta institucional fundamental destinada a establecer un parámetro de referencia profesional, ético y técnico sobre el valor del trabajo médico. No representan un número arbitrario ni una simple actualización económica: expresan el valor que, como institución médica deontológica, entendemos que debe tener el acto médico para resguardar la dignidad profesional y la calidad del ejercicio de la medicina.
Su existencia surge de una responsabilidad propia del Consejo establecida por su Ley de creación.
En ese marco, la fijación y actualización periódica de los Honorarios Mínimos Éticos no sólo constituye una obligación institucional, sino también una herramienta concreta de defensa de la actividad médica
Los valores definidos por el Consejo procuran reflejar la realidad económica actual y establecer mínimos de referencia para las distintas prácticas médicas. Comprenden la consulta médica en sus diversas modalidades, y ponen en valor las tareas administrativas realizadas por profesionales médicos, entendiendo que toda actividad vinculada al ejercicio profesional implica responsabilidad, formación, tiempo y compromiso.
Estos honorarios no desconocen las particularidades del ejercicio médico. La medicina presenta diferencias entre especialidades, ámbitos de desempeño y niveles de complejidad. Por ello, el Consejo establece valores mínimos orientadores, construidos a partir de fórmulas que contemplan integralmente las distintas prácticas y actividades profesionales, sin pretender uniformar realidades que son diversas.
La importancia de los Honorarios Mínimos Éticos radica también en que constituyen una referencia objetiva para colegios médicos, círculos, asociaciones y entidades gremiales al momento de negociar con obras sociales, prepagas y distintos financiadores del sistema de salud.
Es importante señalar que el Consejo de Médicos no celebra convenios con financiadores ni poseen facultades legales para imponer aranceles o fiscalizar contratos entre privados. Sin embargo, eso no disminuye el valor institucional de esta herramienta. Muy por el contrario: la existencia de un Honorario Mínimo Ético permite sostener un criterio colectivo de dignidad profesional y evita naturalizar la degradación del valor del trabajo médico.
Defender los Honorarios Mínimos Éticos significa defender mucho más que un ingreso económico. Significa defender la calidad del ejercicio profesional, el tiempo necesario para una atención adecuada, la independencia médica, la formación continua, la responsabilidad inherente al acto médico y, en definitiva, el derecho de la sociedad a contar con profesionales valorados y reconocidos.

